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viernes, 10 de julio de 2015

DEUDA PÚBLICA, ¿CUMPLE CON LA CONSTITUCIÓN?

PESOS Y CONTRAPESOS
ARTURO DAMM ARNAL

Por prudencia la única deuda que debe contraer el gobierno es la que se invierte productivamente, de tal manera que se traduce en la producción de algún bien o servicio, por el cual los consumidores están dispuestos a pagar un precio, lo cual le permite al deudor – productor, en este caso el gobierno, generar un ingreso con el cual pagar lo que debe. Esta debería ser la única deuda gubernamental permitida, tal y como sucede en México.

En el artículo 73 de la Constitución se señala que “ningún empréstito podrá celebrase sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia declarada por el Presidente de la República”. Según esto solamente se podrá contraer deuda gubernamental para invertirla en proyectos productivos, que generen los ingresos suficientes para liquidar lo que se debe, ¡sin necesidad de recurrir a más impuestos o menos gasto!, salvo los tres casos de excepción señalados. ¿Cumple el gobierno con esta disposición constitucional, que además de constitucional es lógica?

¿Cuánto de la deuda del Sector Público Federal (que incluye al Gobierno Federal,  a organismo y empresas, y a la banca de desarrollo) acumulada hasta hoy (7.2 millones de millones de pesos, al mes de mayo) está invertida en obras que de manera directa producen un incremento en los ingresos públicos, es decir, invertida de manera productiva? El dato, ¿está disponible? ¿Basta googlearlo para conseguirlo? Haga usted la prueba.
¿Cuánto de la deuda del Sector Público Federal contraída durante este sexenio, 1.8 millones de millones de pesos, cumple con la disposición constitucional? ¿Cuánta de la deuda del Gobierno Federal? Insisto: el dato, ¿está disponible sin necesidad de hacer “arqueología” presupuestaria?

Y si resulta que la contracción de deuda gubernamental no ha cumplido con lo establecido en la Constitución, ¿cómo ha sido ello posible? ¿Quiénes son los responsables de haber propuesto y aprobado tales deudas?


Twitter: @ArturoDammArnal

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